El poder de las palabras y la no discriminación.
* Problema del cómo y qué decimos
El rasgo central de la discriminación es el efecto que tienen la exclusión y el trato diferenciado, dando por consecuencia, que se obstaculice el pleno goce y ejercicio de nuestros derechos humanos.
Las palabras y prácticamente la comunicación en general; es decir, las expresiones corporales o gestos, pueden ser utilizadas en perjuicio de las personas ya que las connotaciones negativas despuntan y hacen eco en nuestro sentir.
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Razonar el voto para la ratificación del ombudsman
Más allá del “que si alcanzan o no los números” para la ratificación del Ombudsman capitalino “tras tirarles línea” (como se han dedicado a externarlo representantes de partidos políticos de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal), resulta preocupante que se estén “jaloneando” a una de las pocas instituciones autónomas que se han caracterizado, a lo largo de 20 años de existencia y labor, por ser reconocida por sus acciones para protección, defensa, vigilancia, promoción, estudio, educación y difusión de los derechos humanos, y que se ha preocupado y ocupado por fortalecer los mecanismos de capacitación que permitan contar con el personal especializado en la materia que brinde a las y los usuarios el servicio que requieran.
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Diálogo como medio... no como objetivo
La complejidad de los desafíos actuales, como son la prevención de la violencia, el respeto a la dignidad y garantía de los derechos humanos de todas las personas y la necesidad de contar con un compromiso real de las instituciones para diseñar e implementar mecanismos de diálogo como herramienta y medio para la solución de conflictos, constituyen aspectos centrales y urgentes de atención.
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El derecho a la protesta social legítima y pacífica…sin criminalización.
• La protesta social vinculada al derecho a la libertad de expresión manifestación, asociación y defensa de derechos humanos, NO implica una concesión del Estado.
Si se comprende, en toda su extensión, que los Derechos Humanos son aquellos inherentes al ser humano por el sólo hecho de serlo y, que el Estado es el obligado responsable de garantizarlos… y, que la protesta social legítima y pacífica es un derecho, resulta importante reflexionar para prevenir criminalizarla y limitar su libre ejercicio… además no debemos de perder de vista que ésta es, en la mayoría de los casos, consecuencia de acciones u omisiones de la autoridad.
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